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domingo, 6 de mayo de 2018

CONTABILIDAD - LAS PROVISIONES PARA IMPUESTOS - UN EJEMPLO PRÁCTICO

Voy a comentar la cuenta 141 Provisión para impuestos del Plan General de Contabilidad.
Concepto: Comentar que pertenecen al pasivo no corriente del balance. Aquellas provisiones que se sepan que serán a corto plazo, figurarán en el pasivo corriente del balance.
Importe estimado de deudas tributarias cuyo pago está indeterminado en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirá, dependiendo del cumplimiento o no de determinadas condiciones.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará por la estimación del devengo anual, con cargo a las cuentas de gasto correspondientes a los distintos componentes que las integren. En particular:
a1) A cuentas del subgrupo 63 por la parte de la provisión correspondiente a la cuota del ejercicio.
a2) A cuentas del subgrupo 66 por los intereses de demora correspondientes al ejercicio.
a3) A la cuenta 678, en su caso, por la sanción asociada.
a4) A la cuenta 113 por la cuota y los intereses correspondientes a ejercicios anteriores.
b) Se cargará:
b1) Cuando se aplique la provisión, con abono a cuentas del subgrupo 47.
b2) Por el exceso de provisión, con abono a la cuenta 7951.
Consultas BOICAC (Auditoría y Contabilidad) -  Boicac nº 75/2008 Consulta 10  que dice:
Cuál debe ser la contra partida del abono a la cuenta de provisiones para impuestos, por la cuota y los intereses correspondientes a ejercicios anteriores.
Respuesta: 
En relación con el registro de los ingresos y gastos que procedan de ejercicios anteriores, con carácter general, debe señalarse que en primer lugar deberá analizarse si existe un error -en cuyo caso, será de aplicación lo dispuesto para los errores en la norma de registro y valoración 22ª, sobre cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables, contenida en la segunda parte del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre- o si el registro en ejercicios previos fue correcto, en cuyo caso los ingresos y gastos se registrarán de acuerdo con su naturaleza. 
En consecuencia, la cuenta 141. Provisión para impuestos se abonará con cargo a la cuenta 113. Reservas voluntarias, por la cuota y los intereses correspondientes a ejercicios anteriores, cuando habiendo procedido el registro de la citada provisión en un ejercicio previo, éste no se hubiese producido. Por el contrario, si los ajustes en la cuenta 141 se efectuaran por cambio de estimación (consecuencia de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos), se cargará a cuentas del subgrupo 63 por el importe que corresponde a la cuota y a cuentas del subgrupo 66 por los intereses de demora, correspondan éstos al ejercicio o a ejercicios anteriores. 
Siempre que se produzca la subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores se deberá incorporar la correspondiente información en la memoria de las cuentas anuales. Asimismo, se informará en la memoria de los cambios en estimaciones contables que hayan producido efectos significativos en el ejercicio actual, o que vayan a producirlos en ejercicios posteriores; en particular, se deberá incorporar la información incluida en los modelos de memoria recogidos en la tercera parte del Plan General de Contabilidad.
UN EJEMPLO DE CONTABILIZACIÓN:
La Sociedad Defraudador, S.A. es requerida por la inspección de la administración tributaria para justificar ciertos gastos deducidos totalmente injustificados por importe de 100.000,00 unidades monetarias. En adelante u.m. Defraudador, S.A se mantiene en las trece y dice que la deducción es correcta, pero seguramente tendrá que desembolsar cierta cantidad de u.m, una vez que termine el proceso. Calcula que tendrá que hacer frente a: Impuestos 10.000,00 u.m., Intereses por demora 3.000,00 u.m. y una sación de 20.000,00 u.m. 
SOLUCIÓN: Anotaciones contables

Transcurre el tiempo. Estamos al final del ejercicio contable y no hay acta definitiva. Los intereses de demora siguen aumentado, considerando que son 1.000,00 u.m. Procederemos a la siguiente anotación contable:

Una vez resuelto el expediente inspección y aceptado por un montante de 33.400,00 procedemos al pago realizando la siguiente anotación por parte Defraudador, S.A.