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jueves, 26 de septiembre de 2013

CONTABILIZACIÓN DE LA BONIFICACIÓN EN LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR CURSOS DE FORMACIÓN PARA LOS EMPLEADOS

NRV 18ª
Los gastos de formación del personal de la empresa tienen la consideración de gastos de personal.
Se puede utilizar la cuenta 649 Otros gastos sociales.
Figurarán en la cuenta de pérdidas y ganancias. Esto quiere decir que formarán parte de los resultados de explotación de la empresa.
En cuanto a las posibles bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social, se registraran según establece el Plan General Contable o el Plan de Pequeñas y Medianas Empresas en materias de donaciones, legados o subvenciones.
Importante: Muchas de estas ayudas a la formación de los empleados de las empresas, se hacen efectivas mediante la reducción de su importe de las cuotas a la Seguridad Social. Puede admitirse que dicho importe minore el gasto ocasionado, siempre que se cumplan el criterio de la importancia relativa y esta subvención no sea importante o significativa.