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martes, 19 de mayo de 2015

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE LAS TASAS JUDICIALES

Con fecha 11 de mayo se ha publicado en el BOE la Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan lugar, forma, plazos y procedimientos de presentación.
PINCHAR EN LA IMAGEN PARA Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo
http://www.boe.es/boe/dias/2015/05/12/pdfs/BOE-A-2015-5225.pdf
Fuente: BOE

lunes, 17 de diciembre de 2012

YA ESTÁ AQUÍ, YA ESTÁ AQUÍ EL TASAZO

La nueva ley de tasas judiciales comenzará a aplicarse a partir de este lunes tras la publicación este fin de semana pasado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la orden ministerial que regula el procedimiento de liquidación y cobro.

Modelo 696:
Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.
Objeto del modelo: Facilitar la autoliquidación de la tasa que tiene por objeto gravar la utilización, por parte de determinadas entidades, del ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes jurisdiccionales civil, contencioso-administrativo y social.

                                   Ley 10/2012, de 20 de noviembre